Primera sentencia de nulidad de IRPH contradiciendo al Supremo

Una sentencia fechada el 15 de enero en Amurrio (Araba) se ha convertido en la primera en contradecir al Tribunal Supremo y declarar nula la cláusula de IRPH. Es al menos la primera que conocemos.

Un mes después de que el 14 de diciembre de 2017 el Tribunal Supremo resolviera a favor de la banca en el primer caso de nulidad de IRPH admitido a trámite se ha publicado esta sentencia que, contradiciendo al Supremo, decide declarar abusiva la cláusula de interés IRPH y lo hace «en aplicación de la jurisprudencia europea».

Se trata de un avance de gran importancia en la lucha contra este índice abusivo. Y aunque sólo era cuestión de tiempo que algún juez decidiera dar el paso y negarse a aplicar la chapucera sentencia del Supremo, el fallo de Amurrio no deja de ser una muy buena noticia para todas las personas afectadas por el índice.

Cabe recordar que la propia sentencia del Supremo incluía un voto particular firmado por dos magistrados discrepantes que afirmaban sin tapujos que la sentencia era contraria al derecho europeo. La jueza de Amurrio comparte este criterio y anula la cláusula tras comprobar que los demandantes «no tuvieron posibilidad real de comprender el alcance de las disposiciones relativas al tipo de interés». Además, y también en aplicación de la jurisprudencia europea, la jueza de Amurrio no sustituye el IRPH por otro índice, sino que deja el préstamo sin interés.

Es especialmente significativo que esta sentencia haya sido dictada en Araba, pues el más que previsible recurso de la entidad bancaria (Caja Rural de Navarra) deberá ser resuelto por la Audiencia Provincial de Araba, que es precisamente la autora de la sentencia que fue revocada por el Supremo el pasado 14 de diciembre. La Audiencia alavesa deberá decidir ahora si cambia de criterio y acata la sentencia del Supremo o si por el contrario se mantiene firme en su doctrina favorable a la nulidad de la cláusula IRPH. Existe una tercera opción, y es que la Audiencia decida plantear una cuestión prejudicial solicitando al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que decida sobre la materia. Lo que es obvio es que si no es la Audiencia de Araba será algún otro Juzgado o Audiencia quien lo solicite, y por tanto se puede dar por hecho que el IRPH terminará siendo juzgado en Europa.

La esperanza de las miles de familias afectadas es por tanto que el tribunal europeo vuelva a corregir al Tribunal Supremo español.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa valoramos muy positivamente la sentencia y enviamos un mensaje de ánimo a todas las familias afectadas. Costará, pero venceremos.

Enlace a la sentencia: http://www.irphstop.net/wp-content/uploads/2018/01/Amurrio_180115_sentencia5-2018.pdf

IRPH Stop Gipuzkoa

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