Han sido 5 los casos de contaminación registrados en la playa de Ondarreta este verano

Eguzki.- Los resultados de los análisis de los muestreos realizados durante la temporada de playas, que el Ministerio de Sanidad acaba de publicar, confirman que a lo largo del verano en Ondarreta se han registrado varios incidentes de contaminación, cinco en total, y no solo en la zona del Tenis, como alertó Eguzki en septiembre. Este hecho nos reafirma en la idea de que, por una parte, el Ayuntamiento no ha informado adecuadamente a los bañistas y, por otra, de que en Ondarreta ha existido o existe un problema de contaminación cuyas causas no han sido suficientemente explicadas.

La denuncia de septiembre
Recordemos, antes de seguir adelante, que, en septiembre pasado, Eguzki pidió explicaciones sobre este tema al concejal de Ecología, Alfonso Gurpegui. El detonante fue un boletín que la Sección Municipal de Biodiversidad y Gestión Ambiental emitió el día 23 advirtiendo de que, tras los análisis de las muestras recogidas el día 19, la calificación de las aguas en la zona del Tenis no era más que “suficiente”, por lo que el baño debía realizarse “con precaución”.

La web del Ayuntamiento no se hizo eco de esta recomendación hasta el día 27 y ya el día 29 fue sustituida por la de "baño libre", derivada de nuevos análisis realizados el día 26. La recomendación de baño "con precaución" en ningún momento llegó a señalarse en la playa, de modo que era completamente desconocida para la inmensa mayoría de los usuarios. Precisamente los miembros de Eguzki pudimos hacer un seguimiento bastante minucioso de este caso porque estábamos sobre aviso, ya que previamente ya habíamos detectado alguna situación de este tipo que nos pareció extraña.

No solo en el Tenis, sino en el conjunto de la playa
Ahora, el Ministerio de Sanitad, a través del Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño (Náyade), ha hecho públicos los resultados de todos los análisis.http://nayade.msssi.es/Splayas/ciudadano/ciudadanoZonaAction.do

Esta información, accesible a quien lo desee, permite conocer que, además del de septiembre, en Ondarreta ha habido otros cuatro incidentes de contaminación de corta duración (es así como se califican oficialmente), dos de ellos corresponden a los análisis realizados en el punto de muestreo número 2 de Ondarreta (PM2), en la zona del Tenis, pero los otros dos a los del PM1, es decir, el punto de muestreo que está en el centro de la playa.

Nos llama la atención que, según la información de Náyade, de estos incidentes se deriva la "recomendación de no baño" (fíjese el lector en el apartado "Observaciones"), cuando en el boletín municipal de septiembre se recomendaba "baño con precaución", lo que se traduce como que es aconsejable una inmersión no superior a 10 minutos, seguida de una ducha con agua dulce pues, de lo contrario se corre el riesgo de padecer trastornos en la piel o las mucosas, y, en definitiva, el baño puede presentar riesgo para la salud. Nosotros nos limitamos a constatar que "recomendación de no baño" no es exactamente lo mismo que "baño con precaución".

Dicho esto, a la luz de la información sobre los cinco incidentes, constatamos lo siguiente:
 1. En Ondarreta, algo pasa o, por lo menos, algo ha pasado este verano.
 2. Desde luego, no todos los incidentes de contaminación han sido reportados a la opinión pública como, a nuestro entender, debe hacerse.

Veámoslo...
Algo pasa en Ondarreta
En Ondarreta, algo pasa o, por lo menos, algo ha pasado este verano. En nuestra opinión no basta con decir que estos casos de contaminación puntual son habituales todas las temporadas y vincularlos a posibles descargas ilegales de las aguas fecales de los barcos fondeados en la Bahía. Si es así, ¿por qué en la Concha, donde también fondean barcos, no se ha registrado ningún incidente de contaminación? ¿Todo se explica por las corrientes? ¿Cuántos barcos había fondeados el 19 de septiembre? Creemos que el Ayuntamiento haría mal si no explorase la existencia de alguna otra causa.

Derecho a la información
Desde luego, no todos los incidentes de contaminación han sido reportados a la opinión pública como, a nuestro entender, debe hacerse. No nos cabe duda de que el Ayuntamiento de Donostia hace un seguimiento de la calidad sanitaria de las aguas de baño superior a lo estrictamente estipulado por la normativa, lo que, por otra parte, es lógico, dado el papel que han jugado históricamente y juegan en la actualidad las playas en esta ciudad. Pero de poco sirve disponer de la información si no se transmite con la debida celeridad y eficacia. Ya en el caso de septiembre dijimos que se había informado tarde y poco, pues, por mucho que se publicase en la web (el día 26, un boletín emitido el 23 sobre un análisis realizado el 19), puesto que no se señaló en la propia playa, la mayoría de los usuarios se bañaron en el Tenis “sin precaución”, dando por supuesto que el baño era “libre”.

Se podrá apelar a un segundo análisis realizado a las 48 o 72 horas, pero, en nuestra opinión, una vez detectado un incidente de contaminación de corta duración, informar del mismo no es algo que pueda quedar al criterio de nadie, sino que es una obligación, incluso legal.

Al respecto, el Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño, que traspuso la correspondiente Directiva Europea y es el que rige en esta materia, lo deja bastante claro. En el Artículo 8, Actuación ante situaciones de contaminación de corta duración y situaciones de incidencia, dice:
"1. Cuando se produzca una contaminación de corta duración (...) se realizaraán tomas de muestras sucesivas en intervalos no mayores de 72 horas, hasta que se obtenga una muestra que (...) se ajuste a los valores que se hayan determinado en función del riesgo para la salud.
La autoridad competente comunicará al resto de las autoridades competentes la situación de contaminación de corta duración para que se lleven a cabo las medidas correctoras necesarias, así como para que se informe de esta situación al público interesado".

En el Artículo 13, Información al público, insiste:
"2. Durante la temporada de baño las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, difundirán al público interesado de forma activa, rápida y a través de mecanismos de fácil acceso, la informaciónn sobre la calidad de las aguas de baño y, en su caso, de la playa".

Y más adelante, en este mismo capítulo:
"f) Siempre que se prohíba el baño o se recomiende abstenerse del mismo, (se difundirá) una advertencia en la que se informe al público interesado indicando los motivos".

No se trata de magnificar los hechos ni mucho menos de alarmar, sino de actuar con responsabilidad, de no mirar para otro lado y proporcionarle a la ciudadanía de la mejor manera posible una información a la que tiene derecho, no solo porque lo diga la Ley, que también, sino fundamentalmente porque, privarle de ella, podría repercutir negativamente en su salud.

Además, de prestar o no atención a estos incidentes de contaminación de corta duración puede depender que la calificación de las aguas de baño en Ondarreta, en general, siga siendo, como es, "excelente".

A ver qué pasa en la temporada 2017.Tiene su gracia que se hable en exclusiva de la problemática de las piedras en Ondarreta y no se le hinque el diente a la salud y la seguridad de la/os bañistas.

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