ACUBI.- El apagón eléctrico que sufrimos el pasado lunes 28 de abril dejó sin suministro eléctrico a millones de personas durante varias horas en toda la Península Ibérica.
A aquellos consumidores y consumidoras que se hayan visto afectadas por el apagón eléctrico que sufrimos el pasado lunes 28 de abril, les recomendamos que revisen su póliza de seguro de hogar y que acudan a su compañía de seguros para presentar una reclamación.
¿Por qué debemos acudir a la compañía de seguros?
La mayoría de los seguros del hogar incluyen coberturas por daños eléctricos, pérdidas de alimentos o averías en electrodomésticos si están directamente relacionados con un corte de suministro.
Por este motivo, desde ACUBI recomendamos a las personas consumidoras revisar detenidamente su póliza y tener en cuenta lo siguiente:
- Las exclusiones de cobertura deben estar expresamente aceptadas y firmadas para poder aplicarse legalmente.
- Es importante guardar cualquier documento que acredite los daños sufridos (facturas, presupuestos, informes técnicos, fotografías...).
- La reclamación a la compañía de seguros debe hacerse siempre por escrito, dejando constancia de la fecha y del contenido de la solicitud (pidiendo que nos sellen una copia de la reclamación presentada).
En caso de que la compañía de seguros no cubra los daños reclamados o cualquier otra cuestión pueden contactar con ACUBI para que les podamos asesorar sobre su reclamación y valorar otras vías de reclamación.
¿Qué daños se pueden reclamar a la compañía de seguros?
- Electrodomésticos dañados (frigoríficos, congeladores, routers, etc.): si el seguro cubre daños por subidas o cortes de tensión, puede reclamarse la reparación o reposición de estos aparatos.
- Pérdida de alimentos refrigerados o congelados: si se acredita la duración del apagón y el deterioro. Se recomienda conservar tickets y hacer fotos de los productos deteriorados.
- Billetes de tren o avión no utilizados: si fue necesario comprar otro para poder viajar, debe reclamarse uno de ellos. No se puede cobrar dos veces por el mismo trayecto.
- Falta de asistencia en estaciones o aeropuertos: si no se prestó la atención mínima obligatoria (especialmente a personas con movilidad reducida o menores), pueden reclamarse los gastos derivados de la falta de atención.
Además, si el apagón impidió la prestación de un servicio (como un espectáculo, un transporte o una conexión a internet), puede reclamarse la devolución del importe correspondiente.
No tengo seguro o si mi seguro no me cubre estos gastos ¿qué puedo hacer?
Queremos recordar que en caso de no contar con un seguro que cubra los daños sufridos o si la compañía de seguros no quiere hacerse cargo habría que reclamar. Asimismo queremos señalar que si se confirmase que este apagón se debe a un problema de las eléctricas y que fueron responsables del apagón, se podría reclamar directamente a las compañías distribuidoras por los perjuicios causados.
También queremos señalar que aunque nuestra compañía de seguros no cubra los daños materiales que hemos tenido, sí debe asumir los gastos jurídicos derivados de la reclamación, siempre que tengamos incluida la cobertura de defensa jurídica en nuestra póliza, como ocurre en las mayoría de las pólizas de hogar. Por ello, es importante revisar detenidamente nuestra póliza de hogar y las coberturas que tenemos contratadas.
Nuestras recomendaciones:
- Consultar la póliza del seguro de hogar o de viaje.
- Contactar por escrito con la aseguradora.
- Conservar y recopilar toda la documentación posible (fotografías, presupuestos, facturas, tickets...).
- Solicitar hoja de reclamaciones si se ha visto afectado un servicio contratado.
- Puede acudir a nuestra asociación en caso de conflicto, dudas o falta de respuesta por parte de su compañía de seguros.
Les recordamos nuestro teléfono 943.632.194 y email irunacubi@gmail.com